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Razonemos: Dos conceptos de derechos humanos

«Desmenuzar bajo de sus pies todos los encarcelados de la tierra,
Hacer apartar el derecho del hombre ante la presencia del Altísimo,
Trastornar al hombre en su causa, el Señor no lo aprueba.»
(Lamentaciones 3:34-36)

«¿Se juntará contigo el trono de iniquidades,
Que hace agravio bajo forma de ley?
Se juntan contra la vida del justo, y condenan la sangre inocente.»
(Salmo 94:20-21)


Antes de compartir unas informaciones, deseo retarles a reflexionar y responder algunas preguntar acerca del tema.

– ¿Qué son derechos humanos?

– ¿Quiénes tienen derechos humanos?

– ¿Quién nos da esos derechos?

– ¿y quién puede quitarnos esos derechos?

Y después de responder, vuelvan a leer las dos citas bíblicas del inicio. Después consideren que cada una de estas preguntas se puede responder desde por lo menos dos perspectivas diferentes:

  • considerando la situación actual del mundo, y la manera como las personas poderosas manejan los derechos,
  • o considerando lo que dice Dios, y lo que significan los derechos humanos según el plan de Dios.

¿Pueden ahora dar dos respuestas a cada una de las cuatro preguntas, desde las dos perspectivas mencionadas?


Las primeras declaraciones de derechos humanos

De hecho existen dos conceptos bastante distintos. Eso se manifiesta ya desde las primeras ocasiones cuando se formularon «derechos humanos». Tengamos presente eso, cada vez que se habla de derechos humanos. Analicemos: ¿En cuál de los dos conceptos se basa la persona que habla?

La primera declaración oficial de «derechos humanos» todavía no contiene exactamente esa expresión, pero sí el concepto. Se trata del preámbulo a la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776):

«Sostenemos estas verdades como evidentes por sí mismas: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inajenables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.
Que para asegurar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados;
Que cada vez que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno fundamentado en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. (…)»

La expresión «derechos humanos» se encuentra literalmente por primera vez en la «Declaración de los derechos de los hombres y de los ciudadanos», de la Revolución Francesa de 1789. Aquí los pasajes esenciales:

«Los representantes del pueblo francés, constitutidos en la Asamblea Nacional, (…) resolvieron exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inajenables y sagrados del hombre,
para que esta declaración, constantemente presente a todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes;
para que las acciones del poder legislativo y del poder ejecutivo puedan en cada instante ser comparadas con la finalidad de toda institución política, y así sean más respetadas;
para que los reclamos de los ciudadanos, fundamentados desde ahora sobre principios sencillos e incontestables, se dirijan siempre hacia la preservación de la Constitución y hacia la felicidad de todos. (…)

Art.1: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales pueden fundamentarse únicamente sobre la utilidad común.

Art.2: La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos humanos naturales e imprescriptibles. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad, y la resistencia contra la opresión.

Art.3: El principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación. Ningún cuerpo, ningún individuo puede ejercer alguna autoridad que no emane explícitamente de ella.

(…)»

A primera vista, esta declaración parece casi igual a la americana. Hay una única diferencia esencial – pero esa diferencia es tan fundamental que en ella podemos ver la causa de los sucesos históricos tan distintos en los dos países. A partir de este trasfondo histórico, deseo llamarlos el «concepto americano» y el «concepto francés».

La diferencia sutil consiste en que la declaración francesa no sabe nada de un Dios y Creador.

Los luchadores por la independencia de los Estados Unidos estaban convencidos de que Dios les había dado derechos y libertades, y que por eso Él iba a aprobar e incluso apoyar sus esfuerzos por la libertad. Ellos contaron con que Dios mismo iba a garantizar sus derechos.
Los revolucionarios franceses, en cambio, se rebelaron explícitamente contra Dios. Uno de sus lemas era:: «Ni Dieu ni maître» («Ni Dios ni maestro»). Pero ¿quién iba a garantizar sus derechos, si Dios quedaba fuera del cuadro?
La respuesta es obvia: el estado. De cierta manera, el estado ocupa el lugar de Dios. Por eso, si leemos detenidamente, encontramos que las dos declaraciones de derechos humanos contienen también dos conceptos distintos acerca del estado.

En el concepto francés, la conservación de los derechos humanos es «la finalidad de toda asociación política». Esa asociación política, «la nación» (Art.3) o sea el estado, se presupone que existe desde el principio. Solamente que ahora, a ese estado preexistente se le impone cierto compromiso con los derechos humanos – ¿para qué fin? – Para que sus acciones «sean más respetadas», dice en el preámbulo. O sea, al fin de cuentas, los derechos humanos sirven para fortalecer al estado, al gobierno.
Si continuamos leyendo la declaración francesa, es un poco chocante encontrar que los artículos 12, 13 y 14 hablan de instituir una fuerza policial, y de cobrar impuestos para su mantenimiento. Tales artículos podrían ser apropiados en una Constitución del estado; ¿pero en una declaración de derechos humanos? La policía y los impuestos no son derechos, al contrario, son restricciones de los derechos humanos, particularmente del derecho a la propiedad. Pero cuando la presuposición básica es que el estado es lo primero, que el estado incluso es casi divino, entonces parece lógico: entonces los «derechos del estado» son superiores a los derechos de los hombres, y por tanto la declaración de derechos humanos menciona también los derechos del estado.

En el concepto americano, este orden es diferente. Los derechos humanos son lo primero, porque se remontan directamente al Creador. Por eso, los derechos humanos existen aun antes que el estado. El gobierno se instituye posteriormente «para asegurar esos derechos»; pero su poder depende del «consentimiento de los gobernados». O sea, el gobierno está al servicio del pueblo. Eso es otro detalle que falta en la declaración francesa.

¿Entendemos ahora cómo esta diferencia influenció los sucesos históricos? Si los derechos humanos se originan en Dios, entonces ningún gobierno del mundo tiene el derecho de quitarlos a alguien. Pero si es el gobierno quien garantiza esos derechos, entonces el gobierno puede también decidir quitar esos derechos a ciertas personas en ciertas circunstancias. Y exactamente eso sucedió en Francia. Sabemos que la revolución no produjo ninguna sociedad pacífica ni justa. Al contrario, produjo una tiranía sangrienta. Y la época revolucionaria no terminó con el establecimiento de una democracia, al contrario: terminó con Napoleón como emperador.
Los Estados Unidos, en cambio, desde su fundación florecieron durante varias décadas en condiciones tan democráticas y libres como no se dieron en prácticamente ningún otro país del mundo. Eso debe haber sido también la meta de los idealistas entre los franceses; pero no lograron alcanzarla, porque en su pensamiento y en sus vidas no tomaron en cuenta a Dios. En EEUU, esa meta pudo realizarse porque entendieron que Dios está por encima del gobierno, y que el gobierno está al servicio del pueblo.

Para seguir pensando:

– En tu país, en tu entorno social, ¿cuál concepto de los derechos humanos predomina? ¿El americano o el francés?

– ¿Cómo actúa el gobierno de tu país, respecto a los derechos humanos? ¿Como garante de esos derechos (que también puede quitarlos), o como sujeto a ellos, que tiene que respetarlos en todo momento y en todas las circunstancias?
(Nota que la verdadera actitud de un gobierno a menudo se manifiesta cuando alguna emergencia o amenaza perturba su paz. ¿Cómo responde el gobierno a eso? ¿Respetando los derechos de todos sus habitantes, o infringiendo esos derechos?)


El estado de derecho y su perversión

De acuerdo al concepto americano, en la Constitución de los EEUU no existe la figura de un «estado de emergencia», «estado de excepción», o similar. Los fundadores de los EEUU entendieron que al declarar un estado de emergencia, el gobierno iba a usarlo inmediatamente como pretexto para abusar de sus poderes de manera dictatorial. Ellos querían evitar exactamente una situación como la que ocurrió durante los últimos dos años. (Con eso vemos que los mismos EEUU, también han abandonado el «concepto americano».)
La idea original del «estado de derecho» fue descrita por Voltaire, en sus «Cartas acerca de la nación inglesa» (1733), de la manera siguiente:
«Los ingleses son el único pueblo del mundo que lograron limitar el poder de los reyes, resistiendo contra ellos; y que en una serie de conflictos finalmente (…) establecieron un gobierno sabio, donde el rey tiene todo el poder de hacer el bien, pero es impedido de hacer el mal (…)» – Con otras palabras:
En un estado de derecho (según el modelo inglés o el americano), la Constitución y las leyes sirven para proteger a los ciudadanos contra los atropellos por parte del estado.

Pero en aquellos países donde predomina el concepto francés, la Constitución y las leyes sirven para legitimizar los atropellos que comete el estado. Y tristemente, eso es lo que sucede actualmente en casi todas las naciones del mundo, y por supuesto también en las Naciones Unidas.

La declaración más conocida hoy en día es la «Declaración universal de los derechos humanos», de las Naciones Unidas. Y ésa sigue claramente el concepto francés, no el americano. Por ejemplo el Art.29.3 limita los derechos humanos de la siguiente manera: «Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.»
En esta cosmovisión no existe ningún Dios por encima del gobierno; ningún Dios ante quien los gobernantes tuvieran que rendir cuentas. Al contrario, las Naciones Unidas quieren dictar ellos mismos quiénes pueden ejercer sus derechos humanos y quiénes no.

Ya en la declaración francesa de 1789 hemos visto como se mezclan derechos con deberes. Aunque el título dice «Declaración de derechos», su propósito es, según el preámbulo, recordar a los ciudadanos «sus derechos y sus deberes». Y durante las últimas décadas, más y más derechos humanos se han pervertido en deberes. Solamente unos ejemplos:

– El «derecho a la educación» se entiende ahora como un deber de asistir a una escuela controlada por el gobierno. Como resultado, muchos alumnos ya no reciben ninguna educación que merece este nombre; solamente reciben una adoctrinación ideológica. Y las alternativas educativas se obstaculizan con exagerados requisitos burocráticos, o en algunos países se prohíben por completo.

– El «derecho a una identidad» se entiende ahora como un deber de portar un documento de identidad en todas las circunstancias, y de brindar sus datos personales para poder comprar, vender, tener acceso a servicios pagados, etc. Y actualmente, muchos gobiernos aun se atribuyen el derecho a negar arbitrariamente el acceso a esas transacciones para aquellos ciudadanos que no cumplen con ciertos requisitos, tales como tratamientos médicos, conformidad con la ideología del gobierno, y otros.

– El «derecho a la salud» se entiende ahora como un deber de someterse a restricciones arbitrarias de la libertad, y a experimentos médicos (en contradicción contra el Código de Núremberg y la Declaración de Helsinki). Como resultado, muchas personas fueron efectivamente dañados en su salud.

¿Son legítimas estas interpretaciones de los derechos humanos?

Para responder a esta pregunta, tenemos que razonar acerca de esta pregunta de fondo:

¿Los derechos humanos son colectivos, o son individuales?

Un derecho colectivo es un derecho de «todos», en conjunto. Un derecho individual es un derecho que yo personalmente puedo ejercer. Esta distinción es crítica, como veremos a continuación.
Por ejemplo, ¿puedo ser obligado a renunciar a mi derecho a la salud, para que «todos» puedan ejercer este derecho?
¿O pueden mis hijos ser obligados a renunciar a una educación adecuada a sus necesidades, para que «todos» puedan ejercer el derecho a la educación?

Si ponemos el siguiente ejemplo, aun los niños van a poder entender de qué se trata:

Mamá hizo panqueques. Mario pregunta: «Mami, ¿puedo comer un panqueque?» – «No.» – «¿Por qué no?» – «Porque todos tienen derecho de comer. Si tú comes uno, quizás para alguna otra persona ya no va a alcanzar.»

¿Cuán lógico, o ilógico, les parece el razonamiento de la mamá de Mario?

En el concepto americano, la respuesta es clara. Si los derechos humanos son inajenables, nadie me los puede quitar, ni siquiera alegando los derechos de «todos». No es el estado que en su benevolencia nos concede algunos derechos; es Dios quien los dio, y el estado es obligado a respetarlos.

Pero ya hemos visto que en el mundo actual se propaga el concepto francés. Por eso, los gobiernos y las Naciones Unidas promueven ahora la siguiente idea:

«Los derechos humanos valen para un «colectivo» abstracto, pero no para ti como persona concreta.»
O sea, te pueden privar de tus derechos individuales, para garantizar los imaginarios «derechos del colectivo». Y no piden tu opinión cuando se trata de definir lo que requiere «el colectivo». Eso lo definen ciertos personajes y organizaciones poderosos, que arbitrariamente se atribuyen el derecho de representar «el colectivo».
Aun esa idea se insinúa ya en la declaración francesa de 1789. Por ejemplo el Art.1 concede que se pueden hacer «distinciones sociales», si «la utilidad común» lo requiere.
El concepto americano no conoce tales ideas. Allí es claro que los derechos humanos son para cada persona individualmente. Y si los gobiernos dejan de respetar esos derechos, «los gobernados» (o sea las personas individuales) pueden revocar o derrocar el gobierno. En este concepto no existe el pretexto de un «bienestar común» que exigiría quitar los derechos a las personas individuales. Igualmente en la Constitución de los EEUU no existe el término «bien común» o «bienestar común».

Pero en el mundo actual se aplica el concepto francés para someterte a restricciones drásticas de tus derechos, para garantizar los supuestos «derechos de todos» – derechos que tú mismo en el caso concreto no puedes reclamar para ti.

Por ejemplo, un médico ya no puede dar ciertos tratamientos a sus pacientes, aunque esos tratamientos contribuirían a la sanidad del paciente, o sea, protegerían su derecho individual a la salud. Eso se fundamenta con que el médico, según la opinión de ciertos «expertos» pagados por el gobierno, atentaría contra la «salud pública». Y por el otro lado, se obliga al médico a aplicar ciertos tratamientos que tienen una alta probabilidad de dañar la salud del paciente, porque eso protegería la «salud pública», supuestamente. Y se amenaza a los médicos con quitarles su trabajo o incluso su licencia médica, si no obedecen a estas órdenes.

Y ya no puedes expresar tu opinión libremente en público, porque atentarías contra el «derecho de todos a la no discriminación». Aunque esta prohibición te discrimina a ti mismo, porque se te niega la libertad de la conciencia y de la expresión – un derecho que ahora pueden reclamar solamente quienes siguen la ideología del gobierno mundial.

En algunos países incluso te pueden secuestrar y encerrarte en algún «centro», porque tu presencia supuestamente inhibe la libertad del «público» de transitar por la calle. Tu derecho personal a la libertad ya no cuenta. Y tampoco se considera que no eres tú quien impides a los demás circular por la calle; es el gobierno mismo quien dijo a los demás – sin fundamentación convincente – que es peligroso transitar por la calle.

La última consecuencia

Si queremos evaluar una corriente de pensamiento, hay que considerar también adónde conduce esta corriente. ¿Cuál es la última consecuencia de esa idea, de que los derechos humanos sean colectivos, pero no individuales?

Ya desde hace décadas, los seguidores de Thomas Malthus dicen que todos los problemas de la humanidad se deban a la sobrepoblación. Por tanto, la solución consistiría en reducir la población mundial. Eso requiere eliminar cierto porcentaje de la población. Dicho claramente: «La humanidad» tiene el derecho de sobrevivir, pero no tú como persona individual. Si los gobernantes mundiales consideran que tu existencia es una amenaza contra la sobrevivencia de la humanidad, te pueden quitar el derecho a la vida.
Eso todavía no se dice tan abiertamente. Pero muchas personas de mucha influencia ya tienen este pensamiento. Y sigilosamente ya están comenzando a ponerlo en práctica, por ejemplo mediante experimentos médicos arriesgados; manipulaciones de la economía mundial y de las cadenas de suministro que producen hambrunas; provocando guerras; etc.

Los derechos humanos se consideran como uno de los fundamentos de la libertad y del estado de derecho. Pero hemos visto que exactamente este concepto se está ahora pervirtiendo, y se está usando como un instrumento de la opresión y de la dictadura – de la misma manera como se pervirtieron las constituciones y las leyes. En vez de proteger a los ciudadanos contra los atropellos del estado, ahora son usados para legitimizar los atropellos del estado.

Una cultura de la mentira

Usar el término «derechos humanos» para los fines que hemos mencionado, es una mentira. Porque no se trata de derechos, al contrario, se trata de negarnos los derechos.
La propaganda y el engaño a menudo comienzan con un uso engañoso de las palabras. No comienzan con falsedades directas; pero las palabras se utilizan de una manera que contradice su significado verdadero. Se dice «derechos», pero se quiere decir «abolición de derechos». Se dice «protección» y «seguridad», pero se quiere decir «opresión». Se dice «salud pública», pero se quiere decir «experimentación médica». Y así con muchas otras palabras más. Y así la gente se acostumbra a creer mentiras bajo el disfraz de palabras «buenas».

La Biblia dice en 2 Tes.2:11 que el establecimiento del reino anticristiano de los últimos tiempos será precedido por el actuar de «un poder engañoso, para que crean la mentira». ¿Será eso lo que ahora empieza a cumplirse? Tanto más importante será para los seguidores de Cristo, detectar las mentiras y contrarrestarlas con la verdad – no solamente en el ámbito religioso, sino en todos los ámbitos de la vida y de la sociedad.

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